Comunidades de vecinos:
autoconsumo compartido
Reduce hasta la mitad la inversión de la instalación y disfruta de todas las ventajas del autoconsumo.
¿Qué es el autoconsumo compartido en comunidades de propietarios?
El autoconsumo compartido en comunidades de propietarios permite a cualquier edificio de viviendas producir y consumir su propia electricidad instalando en la cubierta de su edificio paneles solares fotovoltaicos.
Supone un ahorro en la factura eléctrica y una menor dependencia de los cambios de precio de la tarifa eléctrica, ya que una gran parte del consumo se cubre con la energía generada por el sistema de autoconsumo colectivo.
Apuesta por autoconsumo compartido
Reduce la inversión de la instalación
Los costes de la instalación fotovoltaica se reparten entre todos los propietarios y la propia comunidad.
Cuida del planeta
Protege el medio ambiente, combate el cambio climático y forma parte de la transición energética.
Aumenta la rentabilidad de la comunidad
Si generas más electricidad de la que consumes, la electricidad sobrante se puede verter a la red de distribución y obtener una compensación económica.
Una apuesta segura por el futuro
La instalación fotovoltaica de autoconsumo aumenta el valor del edificio al ser un sistema de mejora energética.
Ayudas y subvenciones
Existen ayudas y subvenciones que acelerarán la amortización de las instalaciones de las placas solares.
¿Cómo pueden ser las instalaciones de autoconsumo colectivo o compartido?
Una instalación de autoconsumo colectivo puede tener múltiples usos, especialmente en un edificio de viviendas.
BÁSICA
Destinada a cubrir los consumos de zonas comunes (escaleras, ascensores, etc.)
Integral
Cuando su producción se destina, además, a abastecer las necesidades de las viviendas o locales comerciales de los asociados.
Flexible
Si sólo una parte de los vecinos o comerciantes se benefician de ella (para lo que bastaría con que un tercio de los vecinos estuvieran de acuerdo con instalar el sistema en una ubicación común)
¿Tienes dudas sobre las comunidades energéticas? Resuélvelas
Los vecinos que no quieran formar parte de la instalación colectiva no están obligados a implicarse ni económica ni de ninguna otra forma en el mantenimiento de la misma, y, por tanto, tampoco se benefician de la energía obtenida.
Algunas comunidades autónomas promueven la instalación de placas solares en comunidades de vecinos con ayudas económica. En el caso de la Comunidad Valenciana, esta subvención puede llegar hasta un 45%, con un importe máximo de 100.000 €.
Si, siempre y cuando obtenga el permiso de la comunidad de vecinos ya que el espacio que va a ocupar la instalación de energía solar es la azotea, de uso comunitario. Según la ley de la propiedad horizontal, se exige un 33% de vecinos esté de acuerdo siempre y cuando representen el 33% de las cuotas.
Esencialmente, hay dos tipos o formas de autoconsumo compartido o colectivo para comunidades de vecinos: autoconsumo compartido con excedentes y sin excedentes.
El estudio e instalación es prácticamente igual salvando algunos detalles. Diseñaremos la planta solar compartida de la forma más eficiente posible para su óptimo funcionamiento, no obstante, la demanda de energía de las viviendas puede ser irregular y entonces se producen dos situaciones; la planta genera una serie de excedentes que la comercializadora compensa en la factura de la luz, o se instala un kit antivertido a la red. Lo más común, pese a ello, es que los excedentes sean compensados en la factura del cliente.
Estas modalidades de autoconsumo colectivo fueron reguladas recientemente por el Real Decreto RD244/2019.
La instalación fotovoltaica no requiere ningún tipo de obra dentro de las viviendas. Se trata de una instalación sencilla que irá sobre la cubierta del edificio.
Tal y como se establece en el RD 244/2019 cada participante tiene un porcentaje de la instalación colectiva. Este porcentaje se denomina coeficientes de reparto (β) y es decidido voluntariamente por los participantes. Los requisitos para el reparto son:
- La β tendrá un valor constante.
- La suma de la potencia total tiene que estar dividida entre todos los participantes, esto es la β=1.
La legislación contempla tres marcos para acogerte a una modalidad de autoconsumo fotovoltaico compartido con tus vecinos:
- Compartir el mismo edificio residencial e instalar las placas solares en el tejado o en la azotea común del edificio.
- Realizar la instalación fotovoltaica en un edificio contiguo, en un radio de 500 metros.
- Compartir 14 dígitos de la referencia catastral.
Y en todo caso, un tercio de los propietarios debe votar a favor de la instalación en la cubierta común. La aprobación previa es fundamental para saber cuántos vecinos quieren participar en la instalación fotovoltaica comunitaria.
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